Amonesta Tribunal Electoral a González Cuevas por violencia política en razón de género, contra la mujer Yasmín Arriaga Torres
El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEGRO), aprobó por unanimidad de votos imponer una amonestación pública al ciudadano José Luis González Cuevas, en su calidad de propietario, editor y director de la página electrónica “¿No que No? Comunicación Estratégica”, al acreditarse la autoría y publicación de las imágenes y notas emitidas por actos que podrían constituir violencia política contra las mujeres en razón de género, en contra de la ciudadana Yasmín Arriaga Torres.
De acuerdo a la sentencia TEE/PES/043/2021 propuesta al Pleno por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, se determinó declarar existente la queja presentada por la ciudadana Arriaga Torres, toda vez que, las investigaciones realizadas por las autoridades correspondientes acreditaron estereotipos de género que muestran reproducciones desiguales de poder que vierten expresiones que descalifican a la denunciante en ejercicio de sus derechos políticos, y cuyo resultado es el menoscabo de su imagen pública.
Razón por la cual se ordenó el registro de González Cuevas de las personas agresoras de violencia política contra las mujeres en razón de género, por una temporalidad de seis meses, a contar una vez que la sentencia haya causado estado o firmeza.
La queja presentada también fue en contra del ciudadano Marco Antonio Leyva Mena, por lo mismos motivos, sin embargo, en la resolución se determinó declarar inexistente la infracción en su contra, toda vez que, el texto no es de su autoría, sino que es referenciado de manera indirecta, esto es, es tomado como fuente, así se señala que lo escrito se obtuvo de un artículo personal del ciudadano.
TEE/JEC/298/2021
En la octagésima séptima sesión pública de resolución, por videoconferencia, el Pleno del TEEGRO determinó revocar parcialmente el juicio promovido por la ciudadana Eulalia Araceli Romero Romero en contra de la resolución de fecha ocho de noviembre del dos mil veintiuno, emitida en el expediente intrapartidario CJ/JIN/256/2021por la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, en virtud de que en su concepto carece de exhaustividad y violenta los principios de legalidad, audiencia y paridad de género, por lo que demanda se revoque y se ordene emitir una nueva.
De acuerdo al fallo propuesto por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz, se concluyó que se declararon fundados e infundados los agravios hechos valer en la demanda, por ello se ordenó a la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, emita una nueva resolución en la que se dé respuesta puntual a los agravios que dejó de estudiar.
Acuerdos Plenarios
En la sesión ordinaria las y el Magistrado aprobaron dos Acuerdos Plenarios con número de expediente TEE/JEC/283/2021 y TEE/JEC/295/2021 propuestos por la Magistrada Alma Delia Eugenio Alcaraz.
En el expediente TEE/JEC/283/2021, el Pleno aprobó por unanimidad de votos amonestar públicamente al H. Ayuntamiento del municipio de San Marcos, ante el incumplimiento en que incurrió acerca de las obligaciones relativas al trámite de los medios de impugnación para emitir una convocatoria celebrar nuevo proceso electivo para designar la comisaría municipal de las Lechugas, en dicho municipio.
En el mismo proyecto se dio por cumplida la resolución de fecha ocho de octubre de dos mil veintiuno, dictada en el Juicio Electoral Ciudadano identificado con el número de expediente TEE/JEC/283/2021.
En el expediente TEE/JEC/295/2021 se tiene por cumplida la resolución de fecha veintidós de noviembre de los dos mil veintiuno, promovida por Carmelo Loeza Hernández, en contra del Acuerdo de fecha 21 de octubre del 2021 que declara improcedente la queja presentada por el actor, emitida en el expediente número CNHJ-GRO-2259/2021 por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Morena, razón por la cual se ordenó archivar el expediente como asunto concluido.
Finalmente, se aprobó por unanimidad de votos el proyecto dentro del expediente TEE/LCT/008/2021 emitido por la Magistrada Rodríguez Xinol.