Discriminación laboral en ayuntamientos de Guerrero; alcaldesa de Apango despide a empleada

Demandan a Felícitas Muñiz ante el Tribunal de Conciliación
Por Arturo Parra Ochoa
Por el hecho de estar embarazada y violando sus derechos laborales, la empleada María Sebastián García, fue despida del Ayuntamiento de Apango por la presidenta municipal, Felícitas Muñiz Gómez.
El hecho puso al descubierto no solamente la ignorancia y la discriminación laboral que al mismo tiempo ejerce la alcaldesa mencionada, sino que además admitió que en ese Ayuntamiento no se les da a los trabajadores ninguna prestación social relacionada con la atención médica, lo que agrava todavía más la situación.
La empleada presentó incapacidades médicas que le consiguió su sindicato, ante la falta de asistencia social, debido a que está atendiéndose de su embarazo y próximo parto, pero éstas no fueron reconocidas por Muñiz Gómez, quien la acusó de sumar varias faltas y la despidió, sin siquiera levantar algún acta de abandono de empleo, como corresponde en el supuesto caso.
La primera edil confesó que el despido había sido justificado debido a la infinidad de faltas de la trabajadora, y también aceptó que sí había tenido conocimiento del embarazo de María Sebastián, ya que ésta le había exhibido las incapacidades médicas, pero que por sus constantes inasistencias la dio de baja.
Así mismo, la presidenta municipal admitió que había recibido información de parte del sindicato de trabajadores del Ayuntamiento, sobre las incapacidades médicas, y aceptó que no la había dado de alta en ninguna dependencia de salud, además que no levantó ninguna acta por abandono de empleo.
Todas estas afirmaciones las realizó la alcaldesa Felícitas Muñiz, ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, para justificar su mal proceder en este conflicto laboral.
La demanda en contra del Ayuntamiento de Mártir de Cuilapan (Apango), quedó asentada en el expediente 335/2007, del tribunal encargado de conciliar los problemas laborales surgidos entre trabajadores y gobierno, donde la agraviada exige entre otras cosas el cumplimiento efectivo del contrato de trabajo, consistente en su reinstalación al empleo que tenía, así como el pago a diversas prestaciones y la inscripción al régimen obligatorio del ISSSTE, para que reciba la atención médica respectiva.
Felícitas Muñiz Gómez, afirma María Sebastián García, aprovecha su poder y su condición de mujer para abusar de personas del mismo sexo, y esto es sancionado porque está contemplado en el artículo 46, fracción I, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que establece que todo servidor público deberá abstenerse de cualquier acto u omisión que implique abuso.