Invita Tecnológico de Acapulco a Foros Ciudadanos y Parlamentos Abiertos sobre la Reforma Judicial

El Tecnológico Nacional de México, la Coordinación General de Universidades Tecnológicas y Politécnicas, el Consejo Estatal de Ciencia y Academia de Guerrero, y los legisladores electos de la Coalición “Sigamos Haciendo Historia”, te invitan a los:
Foros ciudadanos y parlamentos abiertos sobre la Reforma Judicial.
Objetivo: Analizar y discutir la propuesta de la Reforma Judicial que forma parte del paquete de reformas enviado por el Ejecutivo al Congreso el 5 de febrero del 2024. Participantes: Integrantes del sector académico, representantes del Congreso de la Unión y local electos el 2 de junio de 2024; miembros de cámaras empresariales y organismos de profesionistas, y público en general.
Fecha: 4 de julio del 2024 a las 9:00 horas.
Lugares:
1. Acapulco, en el Tecnológico Nacional de México campus Acapulco.
2. Chilpancingo, en el Colegio Crica A.C.
3. Ciudad Altamirano, en la Universidad Tecnológica de la Tierra Caliente.
4. Iguala, en la Universidad Tecnológica de la Región Norte de Guerrero.
5. Ometepec, en el Tecnológico Nacional de México campus Costa Chica.
6. Tlacotepec, en la Universidad Tecnológica de la Sierra de Guerrero.
7. Tlapa, en el Tecnológico Nacional de México campus la Montaña.
8. Zihuatanejo, en el Tecnológico Nacional de México campus Costa Grande.
Contexto de la propuesta de Reforma Judicial propuesto por el Lic. Andrés Manuel López Obrador:
1. Nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
1) Se reduce el número de ministros, de 11 a 9 integrantes.
2) Se reduce de 15 a 12 años su periodo.
3) Se eliminan las dos salas. La Corte sesionará en pleno y las sesiones son públicas.
4) Se elimina la pensión vitalicia para actuales y futuros ministros.
5) Sus remuneraciones deben ajustarse al tope máximo establecido para el presidente de la república.
2. Elección popular de ministros, magistrados y jueces.
En 2025 se llevará a cabo una elección extraordinaria para renovar a todos los jueces, magistrados y ministros. Quienes estén actualmente en el cargo podrán participar en la elección, en igualdad de condiciones.
A) Selección de candidaturas:
1) Posteriormente estos cargos se renovarán de forma escalonada cada 3 años en las elecciones federales ordinarias que correspondan.
2) Los ministros de la SCJN, magistrados del Tribunal Electoral y magistrados del Tribunal de Disciplina se elegirán a nivel nacional, en las elecciones ordinarias a partir de 30 candidaturas paritarias propuestas por los tres poderes de la inión.
3) El Poder Ejecutivo propondrá hasta 10 candidaturas.
4) El Poder Legislativo propondrá hasta 5 candidaturas por cada cámara, y su votación será por mayoría calificada.
5) El Poder Judicial propondrá hasta 10 candidaturas a través del pleno de la Suprema Corte, por mayoría de 6 votos.
6) En el caso de los 1,633 magistrados de Circuito y jueces de Distrito, se elegirán en cada uno de los 32 Circuitos Judiciales en las elecciones ordinarias, a partir de 6 candidaturas paritarias (2 por cada poder de la unión).
B) Proceso electoral:
1) El Senado verificará que las candidaturas cumplan con los requisitos de ley. El Instituto Nacional de Elecciones y Consultas organizará la elección.
2) Las campañas duran 60 días. No habrá precampañas.
3) No se permite el financiamiento público ni privado.
4) Los partidos políticos no pueden hacer proselitismo a favor o en contra de las candidaturas.
5) El Tribunal Electoral resolverá las impugnaciones y declarará los resultados, salvo cuando se trate de sus propios integrantes, cuya resolución dará la Suprema Corte.
3. Sustitución del Consejo de la Judicatura Federal, lo que significará órganos administrativos y disciplinarios independientes.
1) Se crea el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.
2) El Tribunal es el encargado de investigar y sancionar a ministros, magistrados, jueces y personal judicial por actos contrarios a la ley, falta de profesionalismo o actos de corrupción.
3) Estará integrado por 5 magistrados electos a nivel nacional propuestos por los poderes de la unión, independientes de la SCJN.
4) El Órgano de Administración Judicial es el responsable de las funciones administrativas de carrera judicial, y de control interno, así como de elaborar el presupuesto del Poder Judicial.
5) Estará integrado por 5 personas designadas por un periodo de 6 años por los poderes de la unión, el Poder Ejecutivo nombrará uno, el Senado nombrará uno y la SCJN nombrará tres.
4. Justicia expedita y equilibrio entre poderes.
1) Justicia expedita. Se establece un máximo de 6 meses para la resolución de asuntos fiscales, y de un año para asuntos penales. En caso de rebasar estos plazos, la autoridad judicial debe informarlo al Tribunal de Disciplina Judicial, que podrá investigar y sancionar la demora.
2) Suspensiones. Se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.
3) Justicia local. Los Poderes Judiciales de los estados deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.
4) Fideicomisos del Poder Judicial. Una vez que concluyan los juicios pendientes, deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Se respetan los derechos y prestaciones de los trabajadores.