El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, aprobó por unanimidad de votos dos acuerdos plenarios propuestos por las Magistradas, Hilda Rosa Delgado Brito y Evelyn Rodríguez Xinol identificados con los números de expedientes: TEE/AG/003/2022 y TEE/PES/004/2022, los cuales fueron resueltos uno por incumplimiento y el otro como improcedente.
El Magistrado y las Magistradas aprobaron por unanimidad de votos declarar incumplido el acuerdo de fecha 2 de mayo emitido por este órgano jurisdiccional a través del número de expediente TEE/PES/004/2022, en virtud de que, de las constancias que obran en autos, se advierte que la autoridad instructora solo separó los expedientes administrativos, cuando no fue lo que se le ordenó, sino que dejara sin efectos la acumulación decretada, razón por la cual, se advierte que no realizó un estudio serio sobre los acuerdos y diligencias que debían dictarse, reponerse o realizarse.
De acuerdo al proyecto propuesto por la Magistrada Evelyn Rodríguez Xinol, a través del Procedimiento Especial Sancionador (PES), promovido por Carmen Pinzón Villanueva y Eloina Villarreal Comonfort, en contra de Selene Sotelo Maldonado, en su carácter de Presidenta Municipal de Xalpatlahuac, por presuntos actos que podrían constituir Violencia Política en Razón de Género, el Pleno aprobó ordenar al Instituto Electoral a través de la Coordinación de lo Contencioso Electoral, deje sin efectos el acuerdo de acumulación decretado en sede administrativa, se dicten, se repongan o realicen los acuerdos y diligencias particulares que sean procedentes, y, en consecuencia, se integren individualmente los expedientes debiendo remitirlos de manera individual en un plazo de 15 días hábiles.
En la décima séptima sesión pública de resolución por videoconferencia, a propuesta de la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito y aprobado por el Pleno, se determinó declarar improcedente la solicitud presentada por la ciudadana Yesenia Hernández Jerónimo, toda vez que, se actualizó la institución jurídica de la cosa juzgada refleja, a través del Juicio Electoral Ciudadano (JEC) número TEE/JEC/281/2021, en el que este Tribunal se pronunció sobre la violencia política en razón de género y la usurpación de identidad indígena por parte de un diputado local, planteado por la misma promovente.
Razón por la cual y dado que su planteamiento involucra una cuestión que ha sido resuelta por este órgano colegiado, sería contrario a los principios de certeza y seguridad jurídica para que se analice un aspecto que ya fue resuelto en definitiva y, respecto del cual, no podrían atribuirse efectos diferentes.
