Procesos penales contra funcionarios que solapen el ambulantaje, demanda el FAD

Arturo Parra Ochoa
Acapulco, Gro., 27 de noviembre de 2007.- Los funcionarios municipales que permiten la vendimia en la vía pública sobre la franja turística, incluyendo la Costera Miguel Alemán, así como en el primer cuadro de la ciudad, y además les cobran derechos a los vendedores callejeros de fritangas y aguas frescas, violan el Bando de Buen Gobierno y la Ley de Ingresos Municipales.
Al señalar lo anterior, el presidente del Frente Amplio Democrático, Emilio Peralta Manzanarez, expuso que el Bando prohíbe ese tipo de comercio informal, mientras que la ley de ingresos no contempla ningún concepto para aplicarlo a los vendedores ambulantes, por lo que los funcionarios que lo permiten, autorizan o solapan, se hacen acreedores a procesos administrativos y penales.
El también contador público fiscalista observó que desde el punto de vista legal, y de acuerdo al Bando de Buen Gobierno del municipio de Acapulco, en su artículo 111, no está permitida la instalación de ningún puesto de comercio ambulante o semifijo dentro de la zona turística del puerto, que comprende el bulevar de Las Naciones que conduce al aeropuerto internacional “Juan Alvarez”, las avenidas Escénica y Costera Miguel Alemán, así como la zona de Punta Diamante donde se localizan El Revolcadero, Alfredo V. Bonfil y Barra Vieja y otros balnearios.
Igualmente se prohíbe este comercio en La Quebrada y el primer cuadro de la ciudad, hasta la parte de la avenida Cuauhtémoc donde hace unos años estaba el cine Río, donde no debe permitirse la vendimia de ambulantes o semifijos, “y si lo han tolerado, ya sea el director de Vía Pública o algún otro funcionario municipal, está violando una precepto legal del municipio”.
Ahora bien, agregó que remitiéndose a la Ley de Ingresos Municipales, ésta señala en 19ª sección, que para el uso de la vía pública se podrá permitir, de acuerdo a la fracción I, permisos hasta por 14 días para vendedores ambulantes eventuales “con fines cívicos, culturales y artesanales, pero nada más; o sea que pueden estar incluidos los guías de turistas, los músicos, vendedores de loterías, mariachis, vendedores de artesanías y libros; y cuando haya eventos cívicos o culturales como el de la Independencia, Revolución Mexicana, Día de Muertos y las fiestas decembrinas, que podrán permitir a comerciantes de artículos alusivos a esas fechas”.
Sin embargo remarcó que este tipo de comerciantes puede aceptarse, pagando sus respectivos derechos, pero fuera de la franja de prohibición que marca el Bando de Buen Gobierno, “porque el artículo 111 de éste es bien claro: se prohíbe todo tipo de comercio ambulante o semifijo en la zona turística y el primer cuadro, y esto ha sido aprobado por el Cabildo acapulqueño y por el Congreso del Estado”.
Peralta Manzanarez instó al director de Vía Pública, Juan García Costilla, a que no sea “el primer violador de estos mandatos, porque es su obligación hacerlos respetar. Y en cuanto a los cobros, de acuerdo a la Ley de Ingresos, está permitido hacerlo solamente en caso de que se trate de comerciantes con fines cívicos, culturales y artesanales, pero han venido exigiéndole pagos de derechos por uso de vía pública a los vendedores de tacos, fritangas, frutas de la estación, paleteros, pabelloneros y aguas frescas, lo cual no está contemplado legalmente”.