Arturo Parra Ochoa
Acapulco, Gro., 31 de agosto de 2007.- No procedería un amparo contra el ultimátum dado por la Comisión Nacional del Agua, porque el Ayuntamiento no es un ciudadano afectado, ya que los amparos solamente son para cuando se violan las garantías de los individuos, señalaron abogados entrevistados acerca del caso de la CAPAMA y la planta tratadora de Aguas Blancas.
José Luis Gallegos Peralta, conocido abogado de empresas, comentó que el amparo se demanda cuando hay una violación a las garantías individuales por parte de alguna autoridad, y en este caso no procede porque el supuesto demandante, el Ayuntamiento de Acapulco, es gobierno. El juicio de amparo, recalcó, es un instrumento jurídico creado en favor de los gobernados del Estado mexicano, que tiene por finalidad "hacer respetar los imperativos constitucionales en beneficio de aquellos"; esto es, sus garantías individuales.
Lo que debe hacer el alcalde de Acapulco y la CAPAMA, es cumplir con el ordenamiento de la Conagua y corregir las deficiencias que pudiera haber en el sistema de tratamiento de la planta de Aguas Blancas, porque de ahí salen crudas casi en su totalidad hacia la playa Olvidada, añadió el profesionista.
Consideró que no hay porqué contestar el ultimátum dado por el organismo federal, ya que debe actuarse cuanto antes para evitar que siga contaminándose el mar y consecuentemente se deteriore más la imagen turística del puerto de Acapulco. Contestar la advertencia y ampararse es solo una muestra de que no se quieren corregir las fallas, aseveró Gallegos Peralta.
Isidoro Rosas González, ex presidente de la Barra de Abogados, por igual calificó de ridícula la intención de solicitar un juicio de amparo, y apuntó que tanto el gobierno estatal como el municipal, deben ponerse de acuerdo y trabajar por el saneamiento de la bahía, con los recursos que tengan disponibles, para que así el gobierno federal también haga lo propio.
Dijo que en todo caso, el Ayuntamiento de Acapulco podría ampararse contra un embargo por parte de la Secretaría de Hacienda, pero no por incumplir con su responsabilidad de darle tratamiento a las aguas residuales, a efecto de que cuando éstas lleguen a playa Olvidada no contaminen.
José Luis Gallegos Peralta, conocido abogado de empresas, comentó que el amparo se demanda cuando hay una violación a las garantías individuales por parte de alguna autoridad, y en este caso no procede porque el supuesto demandante, el Ayuntamiento de Acapulco, es gobierno. El juicio de amparo, recalcó, es un instrumento jurídico creado en favor de los gobernados del Estado mexicano, que tiene por finalidad "hacer respetar los imperativos constitucionales en beneficio de aquellos"; esto es, sus garantías individuales.
Lo que debe hacer el alcalde de Acapulco y la CAPAMA, es cumplir con el ordenamiento de la Conagua y corregir las deficiencias que pudiera haber en el sistema de tratamiento de la planta de Aguas Blancas, porque de ahí salen crudas casi en su totalidad hacia la playa Olvidada, añadió el profesionista.
Consideró que no hay porqué contestar el ultimátum dado por el organismo federal, ya que debe actuarse cuanto antes para evitar que siga contaminándose el mar y consecuentemente se deteriore más la imagen turística del puerto de Acapulco. Contestar la advertencia y ampararse es solo una muestra de que no se quieren corregir las fallas, aseveró Gallegos Peralta.
Isidoro Rosas González, ex presidente de la Barra de Abogados, por igual calificó de ridícula la intención de solicitar un juicio de amparo, y apuntó que tanto el gobierno estatal como el municipal, deben ponerse de acuerdo y trabajar por el saneamiento de la bahía, con los recursos que tengan disponibles, para que así el gobierno federal también haga lo propio.
Dijo que en todo caso, el Ayuntamiento de Acapulco podría ampararse contra un embargo por parte de la Secretaría de Hacienda, pero no por incumplir con su responsabilidad de darle tratamiento a las aguas residuales, a efecto de que cuando éstas lleguen a playa Olvidada no contaminen.