Denuncian ejidatarios de Lomas de Chapultepec intento de desalojo de sus tierras

Arturo Parra Ochoa
Acapulco, Gro., 9 de enero de 2007.- Unos 200 ejidatarios de Lomas de Chapultepec realizaron una manifestación sobre la avenida Costera Miguel Alemán, para inconformarse por siete amenazas de desalojo que han recibido de parte de la inmobiliaria Acapulco Papagayo, la cual pretende apoderarse de más de 400 hectáreas que le pertenecen a su ejido.
El presidente del comisariado ejidal, Lauro Torres Valeriano, indicó que con escrituras apócrifas les han querido arrebatar sus predios, por lo cual se inició un juicio ante el Tribunal Unitario Agrario de Acapulco, mediante el cual exigen la nulidad de esos documentos, ya que los supuestos propietarios habían fallecido cuando les fueron otorgadas las escrituras.
Durante la primera diligencia celebrada ayer, se expuso que la empresa inmobiliaria referida adquirió los terrenos en litigio, supuestamente por compra que le hizo al ingeniero Alfredo Obregón Paz y la señora Aurora Muñiz Medrano de Obregón, el 18 de febrero de 1971, y el nueve de diciembre de 1992, según consta en los documentos de los que se pide su nulidad.
A su vez, el ingeniero Obregón Paz y la señora Muñiz Medrano adquirieron a su vez los inmuebles por compra que le hicieron al licenciado Luis Septién y Septién, mediante escritura 14544, el 30 de diciembre de 1965, según la documentación presentada.
Por su parte, el licenciado Septién y Septién adquirió el inmueble en conflicto a través de la compra que le hizo la señora Dolores Septién viuda de Septién, mediante contrato de compraventa del 23 de abril de 1962, celebrada ante la fe del notario público número ocho de Querétaro.
La señora Dolores Septién, por su lado adquirió el predio por compra que le hizo al señor Manuel Uruñuela y Elliot, según escritura de compraventa otorgada ante la fe del notario público número 122 del Distrito Federal, el 16 de agosto de 1948.
Al respecto, señaló Lauro Torres que Manuel Uruñuela, al celebrar el contrato de compraventa con la señora Dolores Septién, “lo hizo supuestamente con el carácter de mandatario de los hermanos Jesús y Enrique Nebrada, quienes fueron los dueños originales de los inmuebles en conflicto, el cual se denominada entonces la finca Hacienda de Llano Grande”, mandato que supuestamente fue otorgado ante la fe del notario público Francisco Santiago y Marín, en la ciudad de Bilbao, España, el 20 de diciembre de 1929.
Ahora bien, señala el ejidatario que las ventas citadas son inexistentes y nulas de pleno derecho, “en razón de la irregularidad o la falta de uno de los requisitos o elementos esenciales que tuvo la primera venta del que derivaron todos los contratos de compraventa citados.”
En efecto, el contrato de compraventa que el señor Manuel Uruñuela y Elliot celebró con la señora Dolores Septién viuda de Septién, “adolecía de uno de los elementos esenciales que es el de la voluntad o consentimiento de parte del vendedor, esto en razón de que el mandato del que se valió el supuesto mandatario para vender, así como el contrato de compraventa de referencia, fueron realizadas con posterioridad al fallecimiento de los hermanos Jesús y Enrique Nebrada, quienes murieron el 22 de junio de 1921, sin haberse iniciado un juicio intestamentario o intestado a bienes de su propiedad”, remarcó el comisariado de Lomas de Chapultepec